Formación Bonificada

Centro de Estudios Prat, fundado en 1925, es un centro de Formación Continua y de Formación a Distancia para Contratos de Formación, con un prestigio avalado por más de ochenta años de experiencia. Este prestigio se basa en la dinámica evolutiva del Centro, que siempre ha buscado la renovación y la modernización, a la vez que ha mantenido siempre unos valores pedagógicos.

La misión de la escuela es ofrecer una enseñanza individualizada para fomentar el enriquecimiento y la superación personal. También pone al servicio de las empresas la formación continua de sus trabajadores, ofreciendo cursos de reciclaje subvencionados por el Departamento de Trabajo, o Formación Continua deducible a través de la Fundación Tripartita para la Formación y la Ocupación.

Todos los cursos son de asistencia obligatoria. Para obtener el certificado del curso es necesario acreditar un 75% de asistencia.

Cursos para trabajadores - "Fundación Tripartita para la formación y el empleo"

La formación continua que ofrece Centro de Estudios Prat para trabajadores en activo, ayuda a las empresas a mejorar su competitividad y productividad, ya que desarrolla las competencias y calificaciones de su personal.

Para hacerlo, las empresas disponen de una ayuda económica que se hace efectiva mediante bonificaciones a las cotizaciones de la Seguridad Social.

Son las empresas las que deciden que formación necesitan sus empleados, como y cuando se lleva a cabo, organizándola para la propia empresa, o bien agrupándose con otras mediante una entidad organizadora.

A empresas que tengan centros de trabajo en el territorio del Estado Español, que hagan formación para sus trabajadores y que coticen por la contingencia de la Formación Profesional a la Seguridad Social.

Los colectivos prioritarios para acceder a la Formación Profesional son:

  • PYMES
  • Empresas de más de 250 trabajadores: mujeres, mayores de 45 años, discapacitados, trabajadores no cualificados. 

Según el Real Decreto 24/2008, del 18 de enero, por el cual se regulan los certificados de profesionalidad, en el artículo 20, Requisitos de acceso a la formación de certificados de profesionalidad, se especifica que para acceder a la formación de los módulos formativos de los certificados de profesionalidad de los niveles de calificación profesional 3, los alumnos han de cumplir alguno de los siguientes requisitos:

  •       Estar en posesión del título de Bachillerato
  •       Estar en posesión de un certificado de profesionalidad del mismo nivel (3) del módulo o módulos y/o del certificado de profesionalidad al que se quiere acceder.  
  •       Tener superada la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años y/o de 45 años. 

Con el nuevo sistema de Formación Profesional para la ocupación regulado por el Real Decreto 395/2007, del 23 de marzo, y orden TAS/2307/2007. del 27 de julio, las empresas disponen de un crédito anula de bonificaciones para la formación de sus trabajadores.

El crédito anual se calcula a partir de la cantidad que las empresas ingresan a la Seguridad Social, en concepto de cuota de Formación Profesional, al que se aplica un porcentaje de bonificación en función de su plantilla media del año anterior.

Este porcentaje será mayor cuanto menor sea el tamaño de las empresas. Las empresas de 1 a 5 trabajadores, en lugar de un porcentaje, disponen de un crédito de 420€.

Las empresas escogen la formación que desean proporcionar a sus trabajadores para mejorar su calificación profesional y aumentar así la competitividad.

Las acciones formativas han de ser de un mínimo de 6 horas, pueden ser impartidas dentro o fuera de la empresa, por personal interno o externo o por una entidad organizadora como nosotros. Los cursos pueden ser presenciales, a distancia o teleformación.

Los límites que afectan a la aplicación de la bonificación son:

 

Modalidades de formación Nivel de formación
Básico Superior
Presencial 9€ 13€
Teleformación/ Online 7,5€
A distancia 5,5€
Mixta Se aplicará el módulo en función de les horas de cada tipo de modalidad

Estos límites pueden variar en función de la plantilla media de la empresa:

  • Empresas de menos de 9 trabajadores: no se aplica el límite
  • Empresas de 10 a 49 trabajadores: se podrá incrementar el módulo en un 10%
  • Empresas de 50 a 249 trabajadores: se podrá incrementar el módulo en un 5%

Una vez cumplidos los requisitos de la normativa, las bonificaciones pueden aplicarse, una vez realizada la formación, a partir del boletín de cotización del mes siguiente a finalizar la formación o cuando la empresa lo considere más oportuno, siendo la fecha máxima el boletín correspondiente al último mes del ejercicio (diciembre).

Desde Centro de Estudios Prat impartimos la formación y gestionamos las bonificaciones de las acciones formativas realizadas.

En Centro de Estudios Prat, planificamos los cursos de formación continua para trabajadores, ofreciendo la posibilidad de Bonificación 100% por parte de la empresa.

Como cada año la “Fundación Tripartita para la formación y el Empleo” conjuntamente con la Seguridad Social han confirmado el crédito del que dispone cada empresa para efectuar las bonificaciones relativas a la formación continua realizada durante este periodo.

Desde Centro de Estudios Prat, podemos realizar el cálculo del crédito disponible a la empresa, sin ningún compromiso, y con una visita de nuestro asesor, planificar la formación de sus trabajadores en función de la cantidad, para que la bonificación sea del 100%.

La documentación que es necesario aportar es la siguiente:

  • Solicitud de Formación Continua
  • Anexo de Adhesión al Convenio de Agrupación
  • Comunicación a la Representación Legal de los Trabajadores
  • Formulario de participante

Cursos para contratos para la formación y el aprendizaje

Los contratos para la formación y el aprendizaje tendrán por objeto la calificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa con actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para la ocupación o del sistema educativo.

Centro de Estudios Prat se dedica a la enseñanza desde hace más de 80 anños. Empezó en 1994 como centro homologado por la Generalitat de Catalunya,  Departamento de Trabajo con el número de censo 970 y por el INEM con el número 19.947.

Formamos parte de ANCED, Asociación Nacional de Centros de Educación a Distancia, y podemos ofrecer cualquier especialidad de formación prevista:

Código ocupación Denominación de la ocupación
26401047 Vendedor técnico, en general
36131020 Secretario, en general
41111011 Empleado administrativo de contabilidad, en general
41121012 Empleado administrativo de servicios de personal
43091029 Empleado administrativo, en general
51201049 Camareros, en general
52201079 Dependientes de comercio, en general
55001018 Cajeros de comercio
56111022 Auxiliares de enfermería de geriatria

Edad:
Ser mayor de 16 años o menor de 30. Sin límite de edad para los discapacitados, hasta que la tasa de paro se sitúe por debajo del 15%.

Duración:
La duración mínima del contrato será de un año y máximo de tres. Se podrá modificar esta duración en función del convenio colectivo de la empresa.

Titulación:
No es requisito indispensable tener la escolaridad obligatoria, graduado escolar o graduado en educación secundaria.

Certificación:
Una vez finalizado el contrato, el trabajador no podrá ser contratado bajo esta misma modalidad en la misma actividad laboral, ni en esta ni en diferente empresa. Si que podrá ser contratado bajo esta misma modalidad en otra actividad laboral.

La formación recibida por el trabajador conducirá a la obtención del reconocimiento oficial a través de certificado de profesionalidad según la ley orgánica 5/2002.

Formación a distancia:
El tiempo destinado a la formación será del 25% de la jornada laboral durante el primer año y el 15% durante el segundo y tercer año.

Reducciones y bonificaciones:

Todos los contratos realizados a parados inscritos en las oficinas de ocupación tienen bonificadas las cuotas de la Seguridad Social, 100% a empresas de menos de 250 trabajadores y el 75% a empresas de más de 250 trabajadores.

Si se transforma en indefinido, se reducirá la cuota empresarial de la Seguridad Social a 1.500 euros durante tres años en hombres y 1.800 euros en mujeres.

Paro:

  • El trabajador podrá percibir la prestación por desempleo
  • Inserción en el mundo laboral y formación profesional para personas sin experiencia ni titulación
  • Formación a Distancia
  • Formación para la obtención de un Certificado de Profesionalidad

Cada curso se compone de cuatro módulos de formación, cada módulo corresponde a seis meses de trabajo divididos en seis unidades didácticas, cada una de las cuales está pensada para un mes de trabajo.

Cada módulo se divide a su vez en dos libros, el de teoria y el de práctica. El primero contiene explicaciones teóricas, casos, ejercicios resueltos y ejemplos para que el alumno pueda entender los conceptos de forma clara; el segundo contiene ejercicios de auto comprobación, ejercicios de evaluación y exámenes bimensuales.

Con evaluación continua y personalizada se detecta la progresión del alumno durante el proceso de aprendizaje, así como problemas y dificultades que pueda tener.

Artículo 11.2 del ET, artículo 3 y disposiciones transitorias séptima, octava y novena de la Ley 3/2012, del 6 de julio (BOE núm. 62 del 7 de julio de 2012), de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.

Real decreto 1529/2012, del 8 de noviembre (BOE núm. 270 del 9 de noviembre de 2012), por el cual se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual.

Ley 11/2013, del 26 de julio (disposición final quinta).

Real decreto ley 16/2013, del 20 de diciembre (disposición final segunda y disposición final sexta).

Orden ESS/2518/2013, del 26 de diciembre, por la cual se regulan los aspectos formativos del contrato. 

Todos los contratos realizados a parados inscritos en las oficinas de ocupación tienen bonificadas las cuotas de la Seguridad Social, 100% a empresas de menos de 250 trabajadores y el 75% a empresas de menos de 250 trabajadores.

Si se transforma en indefinido, se reducirá la cuota empresarial de la Seguridad Social a 1.500 euros durante tres años en hombres y 1.800 euros en mujeres.